I N F O R M A C I O N

ART: Principales Resoluciones en materia de Prevención.

La prevención es un tema técnico que requiere de especialistas para su tratamiento. En su rol de asesores, los productores asesores de seguros necesitan estar informados de la normativa que genera los principales impactos en la actividad de sus clientes. Desde la puesta en marcha del sistema de Riesgos del Trabajo en 1996 han transcurrido siete años de avances en diversas cuestiones que hacen a la prevención.

Para contribuir con la tarea del productor asesor, se resumen a continuación las resoluciones más importantes dictadas a lo largo de estos años relacionadas con la prevención y que son de conocimiento necesario.

Resolución 43 / 97

Establece cuáles son los exámenes médicos que debe realizarse a todos los trabajadores.

- Exámenes preocupacionales o de ingreso: su realización esta a cargo del empleador. Estos exámenes comprenden estudios básicos y según los agentes de riesgo a los que estatará expuesto el trabajador, se amplía el alcance de los estudios médicos. Los estudios deben ser visados o fiscalizados por organismos autorizados por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRI)

- Exámenes periódicos: su realización está a cargo de la ART. Estos exámenes se hacen con una periodicidad que esta relacionada con la actividad del trabajador y su exposición a los diferentes agentes de riesgo. El plazo más reducido es de 6 meses y el promedio es una vez al año.

- Exámenes previos a la transferencia de actividad: estos exámenes están a cargo de la ART. Tienen objetivos similares a los indicados para los exámenes preocupacionales, es decir, evaluar la capacidad física del trabajador a nuevos agentes de riesgo.

- Exámenes posteriores a ausencias prolongadas: son optativos y a cargo de la ART. Se debe acordar con el empleador, cuándo se configura una ausencia prolongada.

- Exámenes de egreso: son exámenes optativos, a cargo de la ART o del empleador según acuerdo entre las partes.

Resolución 70 / 97
Establece que la ART deben entregar a los empleadores un afiche por establecimiento con la indicación del teléfono al cual comunicarse en caso de emergencias. En el texto figuran los derechos y obligaciones de los trabajadores. Deben estar colocados en lugares visibles y su reposición está a cargo de la ART.

Resolución 700 / 00
Esta resolución es una de las de mayor importancia para el sistema de Riesgos de Trabajo. Se crea el programa de prevención denominado "Trabajo seguro para todos"
Apunta al control de la cantidad de accidentes en las empresas que tienen una frecuencia superior a la media de la actividad (frecuencia igual cantidad de accidentes dividido la cantidad de trabajadores promedio expuestos a riesgo).
Es la propia SRT la que informa a las empresas y a las ART que han sido incluidos en ese programa. Se debe firmar un PRS - Programa de Reducción de Siniestralidad (empresa y ART). La negativa del empleador a firmar el PRS correspondiente debe ser denunciada a la SRT, así como los imcumplimientos al programa acordado.
Si la empresa decide el traspaso de ART, la nueva aseguradora debe continuar con el PRS suscripto por el empleador con la ART anterior. Anualmente se determina cuáles son las empresas que egresan del programa por haber logrado el objetivo de bajar la frecuencia y cuáles son las empresas que egresan del programa por haber logrado el objetivo de bajar la frecuencia y cuáles son las que ingresan por haberse desempeñado en forma insatisfactoria.

Resolución 552 / 01
Se trata de una ampliación de la Resolución 700 / 00.

- Agrupa a las empresas en las siguientes categorías: Empresas Testigo (las originalmente encuadradas en Res. 700 / 00), Construcción, Agro y Empresas Guía.

- Establece condiciones para los distintos grupos:
 
  · Resolución 700 / 00. Se rige por la norma anterior.
 
  · Construcción:
    El empleador debe emitir un "Aviso de Obra" antes de iniciar las actividades, que debe ser comunicado a la ART y a su vez ésta debe informarlo a la SRT.
    Las ART deben llevar un registro de visitas a las Obras.
    Los empleadores deberán informar  a las ART los casos en que se extienda de la fecha prevista de finalización, así como las suspensiones de obra y fecha probable de reinicio informada por el empleador.

  · Agro:
    Los empleadores que nuclean 15 ó más trabajadores de ciertas actividades deben informar en forma particular a las ART y éstas a la SRT.
    Las ART deben  diseñar programas de prevención especiales para la actividad.

  · Empresas Guía:
    Las ART deben enviar a la SRT información acerca de las empresas seleccionadas.
    En caso de fallecimiento de un trabajador -excepto por accidente in itinere o cuando un trabajador inicie los trámites para determinar una incapacidad superior al 50% o la empresa supere en 30% a la frecuencia del promedio de su actividad- la ART debe elaborar un PRS en los términos de la Resolución 700 / 00.

Establece programas especiales para las siguientes actividades: supermercados, frigoríficos, recolección de residuos y servicios postales y de correspondencia. Las restantes encuadran en una categoría "general".
Las ART deben elaborar programas con una serie de recomendaciones para estas actividades.
    Los empleadores deben suscribirse a uno o más de estos programas.

En general, los incumplimientos deben ser denunciados a la SRT.
Las ART deben contar con una línea de comunicación donde los empleadores podrán llamar y consultar acerca de temas relacionados con la prevención. Además debe estar disponible, el detalle de folletería y bibliografía que esta a disposición de los trabajadores.

Resolución 310 / 02
Esta importante resolución, obliga a que las ART tengan una línea telefónica donde cualquier persona pueda denunciar siniestros y solicitar asistencia ante la emergencia (CECAP)
También establece que las ART deben proveer a los empleadores de credenciales que estos deben portar en forma permanente, con recomendaciones acerca de cómo proceder en caso de accidentes.

Resolución 415 / 02
Se crea el registro de sustancias y agentes cancerígenos en el ámbito de la SRT. "Los empleadores que produzcan, importen, utilicen, obtengan en procesos intermedios, vendan y/o cedan a título gratuito las sustancias o agentes que se enumeran..." deben estar inscriptos en el mencionado registro y son las ART quienes la vehicularizarán en base a la declaración hecha por las empresas aseguradas acerca de los agentes de riesgo con que trabajan. Las ART deberán ofrecer asistencia técnica en materia de prevención.

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